Lic. Enrique Peña NIeto
C. Prediente de Mexico
Ing Jaime Rodriguez Calderon
C. Gobernador de Nuevo Leon
Lic. Ildefonso Guajardo Villarreal
Secretario de Economia del Gobierno de Mexico
Por medio de la presente y de la manera mas atenta reciba un cordial saludo.
Asi mismo le solicito su apoyo para poder general una cooperativa de produccion , explico las barrera que me ha limitado para realizar tal proceso:
La Sociedad Cooperativa en Mexico para definir nuestra secretaria de Economia nos dice, La sociedad cooperativa es una forma de organización social integrada
por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios
de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de
satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la
realización de actividades económicas de producción, distribución y
consumo de bienes y servicios.
La constitución de las sociedades cooperativas deberá realizarse en
asamblea general que celebren los interesados, y en la que se levantara
un acta que contendrá:
I. Datos generales de los fundadores;
II. Nombre de las personas que hayan resultado electas para integrar por primera vez consejos y comisiones, y
III. Las bases constitutivas.
Los socios deberán acreditar su identidad y ratificar su voluntad de constituir la sociedad cooperativa y de ser suyas las firmas o las huellas digitales que obran en el acta constitutiva, ante notario público, corredor público, juez de distrito, juez de primera instancia en la misma materia del fuero común, presidente municipal, secretario, delegado municipal o titular de los órganos político-administrativos del Distrito Federal, del lugar en donde la sociedad cooperativa tenga su domicilio.
El acta constitutiva de la sociedad cooperativa de que se trate, se inscribirá en el Registro Público de Comercio que corresponda a su domicilio social.
I. Datos generales de los fundadores;
II. Nombre de las personas que hayan resultado electas para integrar por primera vez consejos y comisiones, y
III. Las bases constitutivas.
Los socios deberán acreditar su identidad y ratificar su voluntad de constituir la sociedad cooperativa y de ser suyas las firmas o las huellas digitales que obran en el acta constitutiva, ante notario público, corredor público, juez de distrito, juez de primera instancia en la misma materia del fuero común, presidente municipal, secretario, delegado municipal o titular de los órganos político-administrativos del Distrito Federal, del lugar en donde la sociedad cooperativa tenga su domicilio.
El acta constitutiva de la sociedad cooperativa de que se trate, se inscribirá en el Registro Público de Comercio que corresponda a su domicilio social.
Se requiere:
- 1. Reunir la información necesaria para la elaboración de los estatutos sociales en los cual se incluirá quiénes son los socios, el tipo de responsabilidad (limitada), las facultades del consejo de administración, los montos de los certificados de aportación, forma de constitución de los fondos sociales, los derechos y obligaciones de los socios, entre otros.
- 2. Una vez obtenidos la autorización y los estatutos sociales, se debe seleccionar notario público, corredor público, juez de distrito, juez de primera instancia en la misma materia del fuero común, presidente municipal, secretario, delegado municipal o titular de los órganos político-administrativos del Distrito Federal, del lugar en donde la sociedad cooperativa tenga su domicilio para formalizar la constitución. Será necesario que los socios se aseguren de notificar el uso de la denominación social autorizada, este proceso es realizado por los notarios y corredores públicos a través del portal tuempresa.gob.mx o bien, usted puede acudir a las Delegaciones o Subdelegaciones de la Secretaría de Economía para dar aviso.
- 3. Inscribir la sociedad y sus estatutos
sociales en el Registro Público que corresponda según la localidad en
que se encuentre. Este paso generalmente lo hace el notario o corredor
público seleccionado.
La importancia de esta inscripción radica en que las sociedades se hacen públicas y se da certeza hacia terceros de que esa sociedad existe como persona moral. Si una sociedad actúa frente a terceros, sin haberse inscrito en el Registro Público, la responsabilidad de los socios que realicen actos a nombre de esta sociedad no se limitará al monto de sus aportaciones, sino que contraerán responsabilidad subsidiaria, solidaria e ilimitada. - 4. Inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes.
- 5. Tramitar el registro como patrón en el Instituto Mexicano del Seguro Social en los siguientes casos:
- 6. Obtener los permisos y licencias propias del giro del negocio.
a) Cuando las Sociedades Cooperativas de Producción tengan trabajadores asalariados por causas excepcionales.
b) Para asegurar a los socios.
sabemos bien y las reglas son claras,pero la realidad es otra cosa, yo comenze los tramites para realizar una sociedad cooperativa en el municipio de Anahuac, Nuevo Leon, comenze a buscar el nombre y tenia que ir a la delegacion de la Secretaria de Economia y darle tres opciones para el posible autorizacion de la denominaciones, la mas proxima delegacion para nosotros era Monterrey Nuevo Leon, el servicio de transporte me cobra 260 pesos de ida y 260 de vuelta estamos a casi 200 kilometros de distancia aparte el taxi que seria otro 180 pesos mas otros gastos 100 pesos, pero se me ocurrio una idea ir a la Sub delegacion a Nuevo Laredo, Tamaulipas y gastaria la mitad como 350 pesos y me atentieron bien en otras palabras fue excelente el trato me respondieron al dia siguiente por desgracia las tres opciones fueron rechasada, otra ves realise el tramite y una de las tres opciones fuero aceptada asta ahorita se llevo 700 de gastos para obtener solo la autorizacion de la denominacion es el primer paso.
El segundo paso que realise una asamblea de los socios posible de nuestra cooperativa don sacamos una organizacion con poca funciones por que solo somos 5 personas que es el minimo de la sociedad cooperativa, para protocolizar nuestra acta, buscamos en el marco legal de dicha sociedad que coresponde a la ley general de sociedades cooperativa, nos indicaba que el secretario o el presidente municipal puede fungir como notario para dar valides a la acta constitutiva, pero antes fue con la sindico primero para plantear mis inquietudes y de plano desconocia esa situacion de plano me comento que investigaria y me daba una respuesta el jueves asta esta fecha llevo tres semanas con el tramite, llego el dia y me confirmo que si , que yo sabia, le solicite al secretario del ayuntamiento la protocolizacion de la acta, que ya tenianos un borrador con copias de la credencial de elector, curp y comprobante de domicilio, el proceso que tambien ignoraba el secretario pero jamas me nego el servicio , realizamos la protocolizacion, fui a registra la acta de sociedad cooperativa a Registro Publico de la propiedad y comercio en VILLAALDAMA , NUEVO LEON y por x o y me la rechazaron, hoy 17 de Febrero realize los arreglos adecuado y fui de nuevo a VILLAALDAMA, NUEVO LEON una vez mas la señora que se encarga ese tramite en forma no adecuada me exigen que valla con un notario publico para ratificar la acta, quiero decirle a la personas de economia que ustedes define en procedimiento que puede fungir las autoridades municipales de la juridicion del domicilio de la posible sociedad cooperativa como notario publico esta mal por que es un simple copia para el funcionario de VILLAALDAMA, NUEVO LEON, el costo de todo que gaste para registrar asta ahora la acta contitutiva es 600 pesos , pense que estoy mal yo, la secretaria de economia y la ley general de sociedades cooperativa, fui este mismo dia con el notario que existe en ANAHUAC, NUEVO LEON le platique si me podria ratificar la copia simple de un ayuntamiento que salio de eleccion popular, analizo el documento y que regresar en la tarde como las 2 de la tarde para respuesta , el notario me comunico que me hiba cobrar la bonita suma de 6,500 pesos pero necesito llevar a los miembro, a registrar a los que no estan en hacienda federal, para obtener nuestro registro federal de causante, otra ves, tengo que ir a monterrey ahora las 5 personas hacer ese tramite 700 x 5 nos da la bonita suma de 3500 pesos, pero antes tenemos que ir con un contador para que realize los tramite solo para buscar la cita por internet, que nos cobraria la bonita suma 300 x 5 personas nos da 1,500 pesos , esto estamos en tramite desde 6 de enero y nuestro capital inicial fue de 1,000 pesos en otras palabras ya se gasto el capital inicial y el banco necesitamos abrir la cuenta con 10,000 pesos, se imagina si hacemos una sociedad anonima cuantos se gastaria.
Sr. presidente de la Republica
Sr. Gobernador de Estado de Nuevo Leon
Sr. Secretario de Economia
Como puedo hacer para generar empleo a mis compañeros, que no esperen una despensa cada tres años si no que ellos la pueda comprar cada semana ellos mismos.
Sin mas por el momento se despide de usted su Seguro Servidor
Jacob Diaz Orozco
Margarita Maza de Juarez No 303
Sector Centro, Cd Anahuac, Nuevo Leon
922 161 59 91 celular
873 737 11 68 Casa
Hable en la tarde por que en la manaña voy al rancho
yakovdiaz@hotmail.com
Hoy 22 de febrero hable con el presidente muncipal de anahuac, nuevo leon y solo me ayudo con un tercio del costo del notario
ResponderEliminarhay hable con desarrollo regional del gobierno del estado de nuevo leon, del famoso BRONCO vemos como nos va
ResponderEliminarEn respuesta el gobierno Federal me responde con una nueva ley donde la da conocer peña nieto un nuevo procedimiento http://noticieros.televisa.com/economia/1603/empresarios-tardaran-24-horas-formalizar-su-negocio-epn/
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